Por Noelia Quintana Schäffer
La inconstitucionalidad del proyecto de ley que crea tribunales especializados en razón de sexo. “Un sistema de justicia fragmentado, discriminatorio y de espaldas a la realidad humana” .
El debate legislativo en torno al proyecto de ley que pretende crear juzgados y tribunales especializados exclusivamente en materia de violencia contra las mujeres pone de manifiesto una profunda fractura institucional en la República del Paraguay. Más allá de las consignas discursivas, este anteproyecto choca frontalmente con los pilares del Estado de Derecho, socavando preceptos constitucionales irreductibles.
Violación flagrante al Principio de Igualdad y No Discriminación
La Constitución Nacional de la República del Paraguay consagra en su Artículo 46 que «todos los habitantes de la República son iguales en dignidad y derechos. No se admiten discriminaciones», añadiendo el Artículo 47 que el Estado garantizará la igualdad ante la ley.
Crear una jurisdicción de privilegio, dotada de recursos preferentes, equipos multidisciplinarios especializados (psicólogos y trabajadores sociales) y una celeridad procesal exclusiva para un sector de la población en razón de su sexo, configura una desigualdad de trato intolerable. La protección del Estado no puede estar condicionada ni fraccionada por el género de la víctima.
Atentado contra el Sistema Republicano y Fragmentación de la Justicia
El sistema republicano exige unidad, coherencia y universalidad en la administración de justicia. Fragmentar el fuero jurisdiccional en tribunales basados en el sexo de las partes desnaturaliza la función judicial.
El sistema de justicia deja de ser un servicio público neutral e imparcial para convertirse en un mecanismo selectivo, creando tribunales de excepción disfrazados de protección social, lo que vulnera el Artículo 248 de la Constitución Nacional sobre la independencia y unidad del Poder Judicial.
El absurdo jurídico: Discriminación entre hijos de una misma familia
Para evidenciar el profundo vicio de inconstitucionalidad de este anteproyecto, basta con analizar un escenario fáctico dentro del núcleo familiar:
Por ejemplo: Si un agresor(a) comete un acto de violencia intrafamiliar que afecta a la hija del núcleo familiar, su juzgamiento recaerá en el fuero especializado prioritario.
Sin embargo, si el mismo agresor(a) comete el mismo hecho de violencia contra su hijo varón, este último será relegado y procesado ante un Juzgado de Paz u Ordinario Penal de Garantías colapsado e invisibilizado.
Esta diferenciación procesal basada en el sexo de los hijos de una misma pareja constituye una aberración jurídica y una violación directa al derecho a la igualdad ante la ley.
La invisibilización estadística: El drama ignorado de los varones, filicidios y ancianos
El sistema actual y el propio Estado sostienen discursos oficiales basados en sesgos institucionales que ignoran la realidad integral de la violencia:
Falta de un Observatorio de Violencia contra los Varones: No existen registros transparentes ni estadísticas oficiales que midan la cantidad de varones asesinados en el ámbito intrafamiliar a manos de sus parejas, esposas o exparejas.
Filicidios masculinos y abandono de ancianos: Tampoco se visibilizan con rigor los casos de niños varones víctimas de abusos sexuales graves ni el abandono sistemático del Estado hacia los hombres de la tercera edad que terminan en situación de indigencia y calle.
Asimetría procesal ante el homicidio: Cuando un varón es asesinado dentro del núcleo familiar, el hecho se diluye estadísticamente como un «homicidio común», negándole el contexto relacional de violencia que padeció.
La paradoja institucional: Protección animal con más amparo que el varón
Resulta social y jurídicamente inaceptable que el ordenamiento jurídico paraguayo cuente con leyes específicas de protección y fiscalías especializadas en materia de violencia animal, mientras que el varón en situación de vulnerabilidad, violencia doméstica, abuso o denuncias falsas carece por completo de una ley de protección integral y de fiscalías especializadas que tutelen sus derechos fundamentales.
Conclusión y Propuesta: Hacia una Verdadera Justicia Universal
Si el objetivo real del Estado es combatir la violencia en el Paraguay, la respuesta legislativa jamás puede ser la discriminación, la exclusión ni la creación de fueros de castigo selectivo.
La figura jurídica a crear debe estructurarse bajo la denominación de Juzgados Especializados en Violencia Intrafamiliar, garantizando que ningún ser humano que sufre violencia en cualquiera de sus formas quede afuera. La violencia no es una cuestión de sexo, sino un flagelo que afecta al ser humano como tal.
La justicia es y debe ser universal, neutral y ciega ante el género; de lo contrario, se institucionaliza la desigualdad y se destruye el Estado de Derecho.
“La ley que no es igual para todos deja de ser ley y se convierte en privilegio» Juan Bautista Alberdi (1810–1884) Jurista, economista, político, diplomático y escritor argentino, célebre por ser el principal arquitecto intelectual de la Constitución Argentina de 1853, defensor acérrimo del republicanismo, las garantías individuales y la igualdad ante la ley frente a los privilegios corporativos o estatales.
Sin embargo, si el mismo agresor(a) comete el mismo hecho de violencia contra su hijo varón, este último será relegado y procesado ante un Juzgado de Paz u Ordinario Penal de Garantías colapsado e invisibilizado.
Esta diferenciación procesal basada en el sexo de los hijos de una misma pareja constituye una aberración jurídica y una violación directa al derecho a la igualdad ante la ley.
La invisibilización estadística: El drama ignorado de los varones, filicidios y ancianos
El sistema actual y el propio Estado sostienen discursos oficiales basados en sesgos institucionales que ignoran la realidad integral de la violencia:
- Falta de un Observatorio de Violencia contra los Varones: No existen registros transparentes ni estadísticas oficiales que midan la cantidad de varones asesinados en el ámbito intrafamiliar a manos de sus parejas, esposas o exparejas.
- Filicidios masculinos y abandono de ancianos: Tampoco se visibilizan con rigor los casos de niños varones víctimas de abusos sexuales graves ni el abandono sistemático del Estado hacia los hombres de la tercera edad que terminan en situación de indigencia y calle.
- Asimetría procesal ante el homicidio: Cuando un varón es asesinado dentro del núcleo familiar, el hecho se diluye estadísticamente como un «homicidio común», negándole el contexto relacional de violencia que padeció.
La paradoja institucional: Protección animal con más amparo que el varón
Resulta social y jurídicamente inaceptable que el ordenamiento jurídico paraguayo cuente con leyes específicas de protección y fiscalías especializadas en materia de violencia animal, mientras que el varón en situación de vulnerabilidad, violencia doméstica, abuso o denuncias falsas carece por completo de una ley de protección integral y de fiscalías especializadas que tutelen sus derechos fundamentales.
Conclusión y Propuesta: Hacia una Verdadera Justicia Universal
Si el objetivo real del Estado es combatir la violencia en el Paraguay, la respuesta legislativa jamás puede ser la discriminación, la exclusión ni la creación de fueros de castigo selectivo.
La figura jurídica a crear debe estructurarse bajo la denominación de Juzgados Especializados en Violencia Intrafamiliar, garantizando que ningún ser humano que sufre violencia en cualquiera de sus formas quede afuera. La violencia no es una cuestión de sexo, sino un flagelo que afecta al ser humano como tal. INFORME TÉCNICO-JURÍDICO
La justicia es y debe ser universal, neutral y ciega ante el género; de lo contrario, se institucionaliza la desigualdad y se destruye el Estado de Derecho.
“La ley que no es igual para todos deja de ser ley y se convierte en privilegio»
Juan Bautista Alberdi





