La Cámara de Diputados analizará este martes las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto que modifica y amplía el artículo 289 del Código Penal. La iniciativa busca fortalecer la respuesta del sistema de justicia frente a denuncias falsas que puedan generar consecuencias graves para personas inocentes.
La Cámara de Diputados tendrá nuevamente en sus manos el proyecto de ley que plantea modificar el régimen penal aplicable a las denuncias falsas, una iniciativa que apunta a reforzar los mecanismos de protección frente a acusaciones deliberadamente falsas y sus posibles consecuencias dentro de un proceso judicial.
El proyecto, que ya obtuvo media sanción en Diputados, fue aprobado posteriormente por el Senado con modificaciones vinculadas principalmente con la redacción y la estructura de sus disposiciones. Por este motivo, la Cámara Baja deberá resolver si acepta los cambios introducidos por la Cámara Alta o si decide ratificarse en su texto original.
El objetivo de fondo, sin embargo, permanece: establecer una respuesta más firme frente a quienes utilizan deliberadamente una denuncia falsa y provocan que el aparato penal actúe contra una persona inocente.
La discusión adquiere especial relevancia cuando una denuncia falsa no queda simplemente en una declaración sin consecuencias, sino que desencadena medidas restrictivas de libertad contra el denunciado.
La versión inicialmente aprobada por Diputados contemplaba incorporar un cuarto inciso al artículo 289 del Código Penal para agravar la sanción cuando la denuncia falsa provocara la aplicación de una medida restrictiva de libertad dentro de un proceso penal.
En esos casos, la propuesta establecía una pena privativa de libertad de hasta seis años, además de una sanción patrimonial complementaria.
Durante el tratamiento legislativo, el proyectista, diputado Yamil Esgaib, sostuvo que este tipo de situaciones se producen con frecuencia tanto en Paraguay como en otros países y planteó la necesidad de contar con mecanismos de control más eficaces y sanciones más severas para quienes recurren a esta práctica.
El argumento central de la iniciativa es sencillo: el derecho a denunciar un delito debe estar protegido, pero ese derecho no puede convertirse en una herramienta para perjudicar deliberadamente a otra persona mediante acusaciones falsas.
La Cámara de Senadores acompañó el proyecto, aunque introdujo cambios en su formulación. La versión sancionada por la Cámara Alta establece que la pena privativa de libertad podrá elevarse hasta seis años cuando las conductas contempladas en el inciso anterior se refieran a hechos antijurídicos considerados crímenes.
De esta manera, el texto vuelve ahora a la Cámara de Diputados para que los legisladores determinen cuál será la versión definitiva de la normativa.
El debate sobre las denuncias falsas plantea una cuestión fundamental para el funcionamiento de la Justicia: quien acusa falsamente a otra persona puede desencadenar consecuencias que van mucho más allá del ámbito privado. Una denuncia puede poner en marcha una investigación penal, generar medidas cautelares y afectar la libertad, la reputación, el patrimonio y la vida familiar y profesional del denunciado.
Por eso, fortalecer la responsabilidad de quien formula deliberadamente una acusación falsa no debería interpretarse como una limitación al derecho de denunciar, sino como un mecanismo para proteger la integridad del sistema de justicia y evitar que sea utilizado con fines ajenos a la búsqueda de justicia.
En la sesión de este martes, la Cámara de Diputados deberá definir si acepta las modificaciones introducidas por el Senado. Si lo hace, el proyecto quedará sancionado y será remitido al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.
También existe la posibilidad de que los diputados se ratifiquen en el texto originalmente aprobado por la Cámara Baja, lo que modificaría nuevamente el trámite legislativo.
Si finalmente se convierte en ley, la nueva regulación buscará dejar en claro que denunciar un delito es un derecho, pero fabricar deliberadamente una acusación que puede llevar a otra persona a perder su libertad debe tener consecuencias proporcionales a la gravedad del daño provocado.





