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¿Hasta dónde puede llegar la justicia?

La decisión de un juzgado en el estado mexicano de Tabasco de ordenar el pago de una pensión alimentaria para un perro tras el divorcio de sus dueños abrió un debate que excede, ampliamente, el bienestar animal y alcanza una pregunta de fondo: ¿hasta dónde debe extenderse el derecho cuando se trata de las mascotas?

El caso tiene como protagonista a Lucas, un husky siberiano cuyos propietarios pusieron fin a un matrimonio de 14 años. Tras diez meses de litigio, el juez resolvió que el exesposo deberá aportar 41 dólares mensuales para el mantenimiento del animal, además de cubrir gastos veterinarios. La resolución, fue más allá, también tomó en consideración el “estilo de vida” que Lucas llevaba durante la convivencia de la pareja, incluyendo los habituales viajes a playas como Cancún y Veracruz.

Según trascendió, el hombre rechazó asumir la custodia del perro y tampoco aceptó un régimen de convivencia compartida, circunstancias que llevaron al tribunal a establecer un esquema económico para garantizar el cuidado del animal.

Más allá de la protección que merecen las mascotas, la resolución genera interrogantes sobre los límites que debería tener la intervención judicial en este tipo de conflictos, equiparar su situación a la de un hijo menor de edad abre un terreno jurídico y ético que merece una profunda reflexión.

Una pensión alimentaria, la valoración de hábitos recreativos como vacaciones en la playa e incluso la discusión sobre custodias compartidas son figuras que fueron concebidas para proteger a niños y adolescentes, cuya condición de vulnerabilidad exige una tutela especial por parte del Estado. Trasladar esos mismos criterios a una mascota terminará desdibujando la naturaleza de instituciones jurídicas creadas para salvaguardar derechos humanos fundamentales.

Nadie discute que una mascota merece alimentación, atención veterinaria y un trato digno. Pero convertir un proceso de divorcio en una disputa donde un perro pasa a ocupar un rol jurídico similar al de un hijo es una extensión difícil de justificar.

La verdadera discusión no consiste en decidir cuánto vale el afecto hacia una mascota, sino en determinar hasta dónde el derecho puede extender sus instituciones sin perder coherencia. Cuando las categorías jurídicas dejan de distinguir entre la protección de un animal y la tutela de una persona, el riesgo ya no es únicamente el exceso de judicialización, sino la desnaturalización del propio sistema jurídico.

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