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Estas son las prohibiciones durante la jornada electoral

Paraguay volverá a las urnas este domingo 4 de octubre para elegir a sus intendentes y a los miembros de las respectivas Juntas Municipales, quienes ejercerán sus funciones durante el periodo 2026-2031. En este contexto, el Código Electoral Paraguayo establece una serie de prohibiciones dentro de los locales de votación y en sus alrededores, con el objetivo de resguardar el secreto del voto y garantizar el normal desarrollo de los comicios.

Es importante recordar, antes que todo, que los 5.043.154 electores, con 14.711 mesas receptoras de votos repartidas para 1.187 locales de votación, deberán presentar obligatoriamente su cédula de identidad física para emitir el voto. El documento en formato digital no está habilitado para el efecto, al no contar aún con un marco legal para su uso en los procesos electorales.

¿Qué se elige en estos comicios?

En estas elecciones se definirán 5.927 cargos públicos en los 263 distritos del país: 263 intendentes y 5.664 miembros de Juntas Municipales (2.832 titulares y 2.832 suplentes), quienes asumirán sus funciones para el periodo 2026-2031.

Restricciones en locales de votación

En un radio de 200 metros alrededor de los locales de votación, está prohibida la portación de armas de cualquier tipo y la instalación de mesas de consulta de partidos, movimientos o alianzas políticas.

Asimismo, se prohíbe la aglomeración de personas que pueda ejercer presión sobre los electores, exceptuando las filas para ingresar a las mesas de votación.

Por otra parte, se prohíbe ingresar al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras fotográficas, filmadoras u otros dispositivos que permitan captar o transmitir imágenes, a fin de resguardar el secreto del sufragio. Quienes incumplan esta disposición se exponen a multas de entre 15 y 30 jornales mínimos, según lo establecido en el Código Electoral.

Propaganda electoral y difusión de resultados

Durante el periodo de veda, queda estrictamente prohibida la difusión de propaganda electoral, encuestas e informes de boca de urna hasta una hora después del cierre oficial de las mesas de votación. En cuanto a los espectáculos públicos, la restricción rige hasta dos horas después de finalizados los comicios.

Venta de bebidas alcohólicas

La normativa electoral también contempla la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas. La medida entra en vigencia a partir de las 19:00 del sábado previo y se extiende durante toda la jornada del domingo de votación.

El cumplimiento estricto de estas disposiciones busca garantizar que los ciudadanos ejerzan su derecho al voto en un ambiente de libertad, tranquilidad, seguridad y absoluto respeto al secreto del sufragio.

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