La discusión sobre quién puede observar y fiscalizar una elección no debería reducirse a una disputa entre “participación ciudadana” y “restricción de derechos”. El verdadero punto de fondo es otro: cómo garantizar que quienes ingresan al proceso como observadores ciudadanos sean realmente independientes de las estructuras partidarias que compiten por el poder.
En las elecciones municipales del próximo 4 de octubre, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) estableció un reglamento específico para la acreditación y actuación de las organizaciones nacionales de observación electoral. La normativa contempla la participación de personas jurídicas nacionales vinculadas al fortalecimiento de la democracia y fija requisitos, obligaciones, documentación y plazos para su acreditación.
El debate adquiere especial relevancia por los antecedentes de las elecciones generales de 2023. En aquella ocasión, el TSJE rechazó la acreditación de Alma Cívica como misión de observación nacional. La propia Misión de Observación Electoral de la Unión Europea registró que la decisión estuvo relacionada con los vínculos entre la dirección de la organización y referentes de la Concertación, entre ellos su entonces candidata a la Vicepresidencia, Soledad Núñez, y su esposo Bruno Defelippe, quien era candidato al Senado.
El antecedente deja planteada una cuestión que trasciende nombres y candidaturas: ¿puede una estructura vinculada, directa o indirectamente, a dirigentes políticos presentarse ante el electorado como un árbitro independiente del proceso electoral?
La participación ciudadana en la fiscalización electoral es legítima y forma parte de una democracia saludable. De hecho, organizaciones de la sociedad civil han cumplido históricamente tareas de observación en Paraguay.
El problema aparece cuando se produce una superposición entre activismo político, estructuras de incidencia, financiamiento externo, dirigentes partidarios y funciones de observación electoral.
Y no se trata de afirmar que toda ONG financiada desde el exterior sea partidaria ni que toda organización de la sociedad civil carezca de independencia. El punto es mucho más elemental: quien pretende fiscalizar a todos debe estar en condiciones de demostrar que no responde a ninguno.
En el caso de Alma Cívica, la propia organización publica actualmente memorias institucionales, estados financieros y reconoce que desarrolla sus programas con aportes de empresas, particulares y fuentes de cooperación internacional.
Eso, por sí solo, no constituye una irregularidad. Pero cuando una organización pretende asumir una función de observación electoral, la transparencia sobre sus fuentes de financiamiento adquiere una importancia adicional: el ciudadano tiene derecho a saber quién financia a quien pretende vigilar el proceso.
La pregunta, por tanto, no debería ser solamente cuánto dinero recibe una ONG, sino qué mecanismos existen para garantizar que esos recursos no condicionen su agenda, sus prioridades o su actuación durante una elección.
El sistema electoral paraguayo ya contempla mecanismos de control cruzado. Los partidos, movimientos y alianzas cuentan con apoderados y veedores acreditados ante los locales y mesas de votación. El propio cronograma electoral estableció entre el 22 y el 25 de septiembre el período de acreditación de apoderados y veedores.
Este mecanismo tiene una característica fundamental: nadie controla el proceso en soledad. Cada sector político tiene incentivos para observar a los demás. El control se produce precisamente porque existen intereses contrapuestos que se vigilan mutuamente y porque las actuaciones electorales están sujetas, además, a la autoridad de la Justicia Electoral.
A esto se suma la presencia de misiones internacionales de observación, que aportan una mirada externa al proceso.
Por eso, la discusión sobre las ONG no debería plantearse como si la democracia quedara sin controles cuando una organización determinada no obtiene una acreditación. El sistema dispone de distintos mecanismos de fiscalización.
La discusión, entonces, no debería terminar en una defensa automática de las ONG ni en una descalificación general de ellas. La sociedad civil tiene derecho a participar. Pero la observación electoral requiere independencia. Y en este caso no existe.
El equilibrio es sencillo: participación ciudadana, sí; independencia demostrable, también; financiamiento transparente y control cruzado, siempre. Ese equilibrio no protege solamente el resultado de una elección. Protege algo todavía más importante: la credibilidad de las instituciones encargadas de garantizarla.





